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Resolución General Nº 2.832/10 de A.F.I.P.
INFORMACION PAIS
Queremos recordar a los Institutos de Educación Pública de Gestión Privada que el 28/02/2011, inclusive, vence el plazo para informar - a través programa aplicativo denominado “AFIP DGI REGIMEN INFORMATIVO DE CUOTAS ESCUELAS PRIVADAS Versión 1.0” los importes facturados o devengados en conceptos mensuales iguales o superiores $2.000 por alumno
Corresponde a todos los niveles de inicial, primaria y secundaria, respecto al 2º semestre calendario 2010, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General Nº 2.832/10 de A.F.I.P. (http://www.educatio.org.ar/normativas/capital/119-afip/5136-resolucion-general-2832-2010)
Para aquellos establecimientos que no cobren importes mensuales iguales o superiores a $2000 en un período semestral facturados por todo concepto, se debe informar a través del aplicativo la novedad “SIN MOVIMIENTO”. Si se informa al menos tres presentaciones sucesivas con esta novedad, no estarán obligados a continuar presentando las declaraciones juradas de los períodos siguientes, salvo que se produzca una nueva información
